Durante 2022, las deducciones vigentes en la Comunidad de Madrid, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, son las siguientes, que iremos viendo una por una en las siguientes noticias:
- Por nacimiento o adopción de hijos.
- Por adopción internacional de niños.
- Por acogimiento familiar de menores.
- Por acogimiento no remunerado de mayores de 65 años y/o con discapacidad.
- Por arrendamiento de la vivienda habitual.
- Por donativos a fundaciones y clubes deportivos.
- Por el incremento de los costes de la financiación ajena para la inversión en vivienda habitual derivado del alza de los tipos de interés (no aplicable 2022).
- Por gastos educativos.
- Por cuidado de hijos menores de 3 años.
- Para familias con dos o más descendientes e ingresos reducidos.
- Por inversión en la adquisición de acciones y participaciones sociales de nuevas entidades o de reciente creación.
- Para el fomento del autoempleo de jóvenes menores de 35 años.
- Por inversiones realizadas en entidades cotizadas en el mercado alternativo bursátil.
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(continuará)
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