No son pocos los trámites y las obligaciones fiscales que se derivan de la venta y compra de una vivienda. Para facilitar su gestión, vamos a verlas paso a paso a continuación:
1º.- Anuncio de venta de la vivienda, bien a través de portales o agentes inmobiliarios o directamente entre particulares.
2º.- Firma de contrato de arras: señal monetaria que el comprador entrega al vendedor, comprometiéndose el primero a la compra de la vivienda y el segundo a vendérsela, en un plazo determinado.
3º.- Solicitud del préstamo hipotecario por parte del comprador a una entidad financiera, en caso de ser necesario.
4º.- Firma en Notaría de la escritura de compraventa y de la escritura de constitución del préstamo hipotecario en caso de haberse solicitado. También debe firmarse ante Notario la cancelación de un posible préstamo hipotecario existente sobre la vivienda en el momento de la venta.
5º.- En el momento de la firma, se devengará la Plusvalía municipal, la cual deberá confeccionar, pagar y presentar el vendedor, en el plazo de 30 días hábiles desde la misma.
6º.- En ese mismo momento, para el comprador se devenga el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, para cuya confección, pago y presentación dispondrá también de 30 días hábiles. Y también el mismo impuesto para el vendedor, en caso de haber cancelado la hipoteca, aunque en este caso se encuentra exento de pago.
7º.- Tras el pago de la plusvalía o presentación de la declaración ante el ayuntamiento donde radique el inmueble objeto de la venta, y el pago del ITP y presentación del ITP de cancelación de la hipoteca en su caso, con todos los justificantes, se debe inscribir en el Registro de la Propiedad correspondiente, tanto la cancelación de la hipoteca como la nueva titularidad del inmueble y la nueva hipoteca, en su caso.
En caso de necesitar ayuda con alguno de estos trámites, no dude en ponerse en contacto con GESTORÍA HENARES, AQUÍ.
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