En el BOE de 26 de julio se ha publicado la Ley 11/2013, que ha entrado en vigor el 28 de julio, que contiene una serie de medidas en diversos ámbitos de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo.
En el ámbito tributario esta norma recoge, con alguna pequeña diferencia, las novedades que ya introdujo el Real Decreto-Ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, y que anunciamos en las siguientes noticias:
https://gestoriahenares.com/medidas-de-apoyo-al-emprendedor/
https://gestoriahenares.com/medidas-de-estimulo-del-crecimiento/
https://gestoriahenares.com/medidas-de-creacion-de-empleo/
Respecto a estas medidas, la única novedad que contiene la Ley 11/2013 con respecto al Real Decreto-Ley 4/2013 consiste en que hace extensible la escala reducida prevista para las entidades de nueva creación, a las cooperativas de nueva creación constituidas a partir del 1 de enero de 2013, tanto respecto de los resultados cooperativos como de los extracooperativos.
Aunque les remitimos a las noticias anteriores publicadas durante el mes de marzo, les recordamos algunas de las principales medidas adoptadas:
- Bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social por contratación de desempleados menores de 30 años, o de mayores de 45 años, por autónomos menores de 30.
- Exención de tributación por IRPF del pago único, siempre que el alta en RETA o participación en la sociedad correspondiente, dure al menos 5 años.
- Escala reducida (15% y 20%) en el Impuesto sobre Sociedades para entidades creadas a partir del 1 de enero de 2013, que realicen actividades económicas.
- Cotización a accidentes de trabajo obligatoria para los nuevos autónomos, con excepción de los menores de 30 años.
- Reducción y bonificación de cuotas de cotización a la SS y otros incentivos, para nuevos autónomos menores de 30 años.
- Reducción del 20% de los rendimientos netos que se obtengan durante los 2 primeros ejercicios en que los resultados sean positivos por inicio de una actividad económica que tribute en Estimación Directa en el IRPF.
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