Posted by: Gestoría | 25/05/2017

Sistema de Incentivos para la Prevención – Bonus (y II)

  1. Gestoría Henares riesgolaboralRequisitos para la modalidad general

Haber realizado, al menos, 2 de las siguientes acciones preventivas complementarias:

– Incorporación de recursos preventivos propios a la plantilla (trabajadores designados o servicio de prevención propio) o ampliación de los recursos propios existentes.

– Realización de auditorías externas del sistema preventivo, cuando no esté obligada legalmente.

– Existencia de planes de movilidad vial como medida para prevenir los accidentes de trabajo in itinere y en misión.

– Acreditación de la disminución del porcentaje de trabajadores de la empresa o centro de trabajo expuestos a riesgos de enfermedad profesional.

– Certificado de calidad de la organización y del funcionamiento del sistema de prevención, conforme se ajustan a normas internacionalmente aceptadas.

  1. Requisitos para la modalidad pequeña empresa

Haber realizado, al menos, 1 de las siguientes acciones preventivas complementarias:

– Asunción de la actividad preventiva por el empresario o designación de trabajadores de la empresa que la asuman.

– Obtención de formación real y efectiva en materia de prevención de riesgos laborales, por el empresario o los trabajadores designados que asuman las tareas preventivas.

Cuantía del incentivo:

Es la menor de estas 2 cantidades:

– El 5% del importe de las cuotas por contingencias profesionales de cada empresa, o el 10% si los periodos de observación son consecutivos y se ha percibido el incentivo en el inmediatamente anterior.

– El montante de las inversiones realizadas en instalaciones, procesos y equipos que puedan contribuir a eliminar o disminuir los riesgos.

Para la modalidad pequeña empresa se aplicarían los mismos criterios, por lo que el límite máximo del incentivo, que en ningún caso podrá superar el importe de lo cotizado por contingencias profesionales, será de 250€ para el primer periodo de observación, que se elevará a 500€ en segundo periodo y siguientes, siempre que en el inmediatamente anterior se haya percibido el incentivo.

Tramitación de la solicitud

Las empresas podrán presentar sus solicitudes entre el 1 de abril y el 31 de mayo, a no ser que se prorroguen los plazos, y deberán cursarla a través de su Mutua.

 


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