El pago único es una medida de fomento de empleo que pretende facilitar la puesta en marcha de iniciativas de autoempleo que consistan en iniciar una actividad laboral como trabajador por cuenta propia o en incorporarse como socio trabajador o de trabajo en cooperativas o sociedades laborales o mercantiles en funcionamiento o de nueva creación.
Requisitos:
- Ser perceptor de la prestación contributiva por haber cesado de forma definitiva en su relación laboral.
- Tener al menos, tres meses de prestación pendientes de percibir.
- No haber obtenido el reconocimiento de un pago único en los 4 años anteriores a la fecha de solicitud.
- No haber compatibilizado el trabajo por cuenta propia con la prestación contributiva en los 24 meses anteriores a la solicitud.
- Que la actividad profesional que va a desarrollar sea una de las siguientes:
- Como trabajador autónomo o trabajador autónomo socio de sociedad mercantil ya constituida o de nueva creación.
- Socio trabajador de una cooperativa o sociedad laboral ya constituida o de nueva creación.
- Iniciar la actividad en el plazo máximo de 1 mes desde la concesión del derecho y siempre con fecha posterior a la solicitud.
(continuará)
Deja una respuesta