La convocatoria para 2016 está contenida en la Orden 1384/2016 publicada en el BOCM del pasado 1 de agosto.
El plazo de solicitudes está abierto desde el 2 de agosto y hasta el 15 de noviembre de 2016, o antes en caso de agotarse el crédito disponible.
Las solicitudes se presentarán en el punto de venta adherido donde se vaya a formalizar la compraventa de acuerdo con el procedimiento recogido en las bases reguladoras
Beneficiarios
- Las personas físicas que sean profesionales autónomos y estén dados de alta en el IAE en el territorio de la Comunidad de Madrid.
- Las PYMES que desarrollen sus actividades en territorio de la Comunidad de Madrid.
- Que hayan adquirido o tengan intención de adquirir un vehículo de las características exigidas a partir del 17-11-15, siempre que reúnan los requisitos establecidos. Los requisitos deberán mantenerse al menos desde la solicitud de la ayuda hasta la concesión de la misma.
- La adquisición debe ir acompañada de la baja definitiva en el Registro de Vehículos de la DGT de otro vehículo, salvo en el caso de empresas de nueva constitución o nuevas altas de autónomos.
Tipologías de vehículos
- Vehículos eléctricos
- Vehículos con emisiones inferiores o iguales a 200 g CO2/km y a 80, 105 o 125 mg NOx/km, en función de que estén clasificados como vehículos N1 de clase I, clase II o clase III respectivamente, entre los que se engloban las siguientes categorías:
Vehículos híbridos, híbridos enchufables y eléctricos de autonomía extendida (propulsados total o parcialmente mediante motores de combustión interna de gasolina o gasóleo y eléctricos).
Vehículos propulsados por motores de combustión interna que puedan utilizar combustibles fósiles alternativos [autogás (GLP) y gas natural].
- Vehículos de combustión interna altamente eficientes (EURO 6).
En cualquier caso, debe tratarse de vehículos nuevos correspondientes a la categoría N1 cuya masa máxima no supere los 3.500 kilogramos, diseñados y fabricados para el reparto comercial auxiliar y de servicios.
Cuantía
Tramo I: 6.000 €/vehículo. Vehículos con emisiones inferiores o iguales a 80 g CO2/km y 60 mg NOx/km.
Tramo II: 3.000 €/vehículo. Vehículos, no incluidos en el tramo I, con emisiones inferiores o iguales a:
160 g CO2/km, y
80, 105 o 125 mg NOx/km, en función de que estén clasificados como vehículos N1 de clase I, clase II o clase III, respectivamente.
Tramo III: 2.000 €/vehículo. Vehículos, no incluidos en los tramos I y II, con emisiones inferiores o iguales a:
200 g CO2/km, y
80, 105 o 125 mg NOx/km, en función de que estén clasificados como vehículos N1 de clase I, clase II o clase III, respectivamente.
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