La Prevención de Riesgos Laborales es uno de los temas más olvidados por las PYMES y los Empresarios Individuales, a pesar de su obligatoriedad y de las sanciones previstas por su incumplimiento.
Sin embargo, lo que generalmente se desconoce, es que esa gran mayoría de Pymes y empresarios, siempre que tengan menos de 10 trabajadores, pueden asumir parte de la actividad preventiva con medios propios, por lo que el coste de la integración de la Prevención en la empresa, puede resultar realmente económica.
En la Ley de Prevención de Riesgos Laborales se especifica la documentación mínima que se debe poner a disposición de la Autoridad Laboral y que se recoge en el cuadro adjunto, relacionándola con documentos específicos básicos que deberían conformar el sistema preventivo: (disculpad la calidad)
Pero si una empresa tiene menos de 50 trabajadores y su actividad no se clasifica como peligrosa (es decir, no pertenece al Anexo I del Reglamento de los servicios de prevención), puede reflejar un ÚNICO DOCUMENTO:
- A. El Plan de Prevención
- B. La Evaluación de Riesgos
- C. La Planificación de Actividades preventivas
Veremos qué debe contener cada uno de estos documentos en la siguiente noticia.
continuará
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