Posted by: Gestoría | 11/07/2014

Retenciones y Pagos a cuenta del IRPF (I): Rendimientos del trabajo, capital mobiliario e inmobiliario y premios

Gestoría Henares auditoriumEl artículo 101 de la Ley 35/2006 del IRPF establece el porcentaje a aplicar a los rendimientos para calcular los pagos a cuenta del IRPF a realizar durante el ejercicio, y previos a la presentación de la Declaración de la Renta anual:

  • En el caso de trabajadores por cuenta ajena y su obtención de rendimientos del trabajo, para calcular el porcentaje de IRPF a aplicar en las nóminas, se tendrán en consideración las circunstancias personales y familiares y, en su caso, las rentas del cónyuge y las reducciones y deducciones, así como las retribuciones variables previsibles, en los términos que reglamentariamente se establezcan.
  • A los rendimientos del trabajo que se perciban por la condición de administradores y miembros de los consejos de administración, de las juntas que hagan sus veces, y demás miembros de otros órganos representativos, se aplicará, para el cálculo del pago a cuenta, un porcentaje fijo del 35%, siendo durante 2014, del 42%.
  • El porcentaje de retención sobre los rendimientos del trabajo derivados de impartir cursos, conferencias, coloquios, seminarios y similares, o derivados de la elaboración de obras literarias, artísticas o científicas, siempre que se ceda el derecho a su explotación, será del 19%, aunque según la Disposición Transitoria 23, será del 21%.
  • El porcentaje de retención e ingreso a cuenta sobre los rendimientos del capital mobiliario será del 19%, aunque durante 2014, es del 21%
  • El porcentaje de retención e ingreso a cuenta sobre los rendimientos procedentes de la propiedad intelectual, industrial, de la prestación de asistencia técnica, del arrendamiento de bienes muebles, negocios o minas y del subarrendamiento sobre los bienes anteriores, cualquiera que sea su calificación, será del 19%, aunque durante 2014, es del 21%
  • El porcentaje de retención e ingreso a cuenta sobre los rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de bienes inmuebles urbanos, cualquiera que sea su calificación, será del 19%, aunque durante 2014, es del 21%
  • El porcentaje de retención e ingreso a cuenta sobre los premios que se entreguen como consecuencia de la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias, estén o no vinculadas a la oferta, promoción o venta de determinados bienes, productos o servicios, será del 19%, aunque durante 2014, es del 21%.

 

(continuará)

 


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