Se prorroga durante el ejercicio 2013 la vigencia del Impuesto sobre el Patrimonio. No obstante, se trata de una modificación a nivel estatal, por lo que habrá que tener en cuenta la normativa específica de la Comunidad Autónoma de residencia.
La Comunidad de Madrid mantiene la bonificación del 100% de la cuota establecida en la Ley 3/2008, de 29 de diciembre de medidas Fiscales y Administrativas, por lo que la obligación de presentar declaración en los ejercicios 2012 y 2013 corresponde únicamente al supuesto de aquellas personas cuyo valor de bienes o derechos sea superior a 2.000.000 de euros.
SOCIEDADES
Excepto para las Entidades de Reducida Dimensión (ERD), se aplica una limitación temporal del importe deducible por amortización. Con efectos para los períodos impositivos que se inicien en 2013 y 2014, la amortización contable del inmovilizado material, intangible y de las inversiones inmobiliarias solo será deducible hasta el 70% de aquella que hubiera resultado fiscalmente deducible.
Se prorroga la vigencia de la deducción por formación profesional para los gastos e inversiones para habituar a los empleados en la utilización de las nuevas tecnologías de la comunicación y de la información realizados durante el año 2013.
continuará
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