Posted by: Gestoría | 25/02/2013

Reducción de la cotización por cambio de puesto de trabajo en caso de riesgo por embarazo o lactancia

Gestoría Henares embarazoSegún lo dispuesto en los Presupuestos Generales del Estado para 2013, en los supuestos en que, por razón de riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural, una trabajadora sea destinada a un puesto de trabajo o función diferente y compatible con su estado, se aplicará, con respecto a las cuotas devengadas durante el período de permanencia en el nuevo puesto de trabajo o función, una reducción del 50% de la aportación empresarial en la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes, a cargo del Presupuesto de la Seguridad Social.

La trabajadora debe comunicar al empresario su situación de embarazo o lactancia natural, para lo cual deberá solicitar de su ginecólogo del Servicio Público de Salud o médico de familia, un informe médico en el que se manifieste su situación de mujer embarazada y fecha probable del parto o, en su caso, lactante natural a los efectos previstos en el art. 26 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

Una vez comunicada la situación de embarazo o lactancia natural, el empresario deberá adoptar las medidas preventivas necesarias o, en su caso, el cambio de puesto de trabajo.

Pero si resultase que la adaptación de condiciones o del tiempo de trabajo no fuese posible o, a pesar de tal adaptación, las condiciones del puesto de trabajo pudieran influir negativamente en la salud de la trabajadora embarazada, del feto o del hijo lactante, la trabajadora deberá solicitar a la Entidad Gestora o Colaboradora certificado de riesgo, para lo cual presentará la siguiente documentación:

  • Solicitud de certificado médico de riesgo durante el embarazo o lactancia natural.
  • Evaluación de riesgos de su puesto de trabajo o informe del servicio de prevención de la empresa sobre riesgo del puesto de trabajo de la trabajadora
  • Declaración empresarial o trabajadora autónoma sobre situación de riesgo durante el embarazo o lactancia natural.
  • Informe del facultativo del servicio Público de Salud, con indicación de la situación de embarazo o lactancia natural y, en su caso, la fecha probable del parto.

Respuestas

  1. Si una vez aplicada la reduccion de cotizacion en el S.Red por cambio de puesto de trabajo con todos los tramites documentales la trabajadora por riesgo de embarazo hace baja de it bien por esa causa o por otra, se sigue teniendo derecho a dicha reduccion de cuotas estando de it hasta que de a luz o finaliza con esa baja???

    • Buenos días Jose,
      En caso de que la trabajadora cause baja por IT a causa de riesgo por embarazo, se produce una suspensión del contrato de trabajo, por lo que ya no tiene sentido la reducción de la cotización, objeto de esta noticia.

      El coste del trabajador, en caso de IT, se asumirá por la empresa o por el INSS o por la Mutua, dependiendo de que la baja sea por CC o por CP, y en función de lo que marque el Convenio Colectivo.
      Un saludo,


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