Posted by: Gestoría | 15/11/2013

Principales novedades tributarias: IRPF

Gestoría Henares taxEl pasado 30 de octubre se publicó en el BOE, la Ley 16/2013, de 29 de octubre, por la que se establecen determinadas medidas en materia de fiscalidad medioambiental y se adoptan otras medidas tributarias y financieras.

A través de ella se introducen modificaciones, tanto en IRPF como en Sociedades, las cuales veremos en próximas noticias:

IRPF

Con efectos desde el 1 de enero de 2013:

  • Al contrario de lo previsto por esta Ley en el Impuesto sobre Sociedades, con el objeto de determinar el rendimiento neto de actividades económicas en estimación directa, se admite como gastos deducibles fiscalmente las rentas negativas obtenidas en el extranjero a través de un establecimiento permanente, excepto en el caso de transmisión del mismo o cese de su actividad.

Con efectos desde el 1 de enero de 2014:

  • Se modifica la letra b) del artículo 96 de la Ley del IRPF, incluyendo una excepción a la exclusión de la obligación de declarar referente a las ganancias patrimoniales sometidas a retención.
     
    Así, la ganancia patrimonial obtenida, procedente de transmisiones o reembolsos de acciones o participaciones de instituciones de inversión colectiva en las que la base de retención no proceda determinarla por la cuantía a integrar en la base imponible, no podrá computarse como ganancia patrimonial sometida a retención o ingreso a cuenta a efectos de los límites excluyentes de la obligación de declarar. La regulación de la base de retención deberá de establecerse reglamentariamente.
  • Se modifica el párrafo tercero del apartado 4 del artículo 100 para incluir a las entidades comercializadoras de los Fondos de Inversión en la obligación de informar de los partícipes incluidos en sus registros.
  • Como consecuencia del nuevo sistema de comercialización de los fondos españoles, se modifica la DA 13ª.1 de la Ley del IRPF, para incluir dentro de la obligación de suministro de información a las entidades comercializadoras en territorio español de acciones o participaciones de instituciones de inversión colectiva domiciliadas en España.

(continuará)


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