Contrato para la Formación y el Aprendizaje:
Este contrato presenta actualmente una reducción del 100% de las cotizaciones para las empresas de menos de 250 trabajadores y del 75% para las de 250 o más trabajadores.
Además, cuenta con una bonificación de hasta el 25% por la actividad formativa, que debe ser, como mínimo, del 25% el primer año y del 15% el segundo y tercer año.
Pues bien, ahora con el RD Ley 8/2014, se añade la posibilidad de que esta bonificación anterior se eleve, siempre que la contratación se realice a personas beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil e igualmente, se tendrán en cuenta en el incentivo los costes inherentes de la necesidad de disponer de un tutor.
Contrato en Prácticas:
A través de la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven se puso en marcha una reducción del 50% en las cotizaciones por contingencias comunes para los contratos en prácticas, que ahora pasa a ser del 100% cuando las empresas contraten a los jóvenes inscritos en el Sistema de Garantía Juvenil.
Contrato a tiempo parcial con vinculación formativa:
Hasta el momento existía una reducción, durante un máximo de 12 meses, de la cuota de la empresa a la Seguridad Social por contingencias comunes del 75% para empresas de más de 250 trabajadores y del 100% para el resto, por la contratación de jóvenes desempleados menores de 30 años sin empleo anterior, con una experiencia laboral inferior a 3 meses o que procediesen de otro sector (recualificación profesional), y que compatibilizasen empleo con formación.
Con el nuevo Real Decreto Ley se añade como beneficiaros de este incentivo a las personas inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil (es decir, en este caso, no hay mejora alguna)
El Real Decreto Ley establece nuevas bonificaciones a las prácticas académicas retribuidas de estudiantes universitarios y de formación profesional.
Las prácticas académicas curriculares (aquellas obligatorias para la obtención de título) realizadas por los estudiantes universitarios y los estudiantes de formación profesional cuando medie alguna retribución, en su condición de personas asimiladas al alta a efectos de su integración en la Seguridad Social, tendrán una bonificación del 100% en la cotización a partir del día 1 de agosto de 2014.
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