Posted by: Gestoría | 06/02/2013

Nueva Declaración Tributaria Informativa (modelo 720) (y II)

Gestoría Henares mujer_impuesto1Forma, plazos y frecuencia de presentación:

Telemática, entre el 1 de enero y el 31 de marzo respecto al año anterior. Con excepción en 2013, se presentará desde el 1 de febrero hasta el 30 de abril respecto de 2012.

Si se presenta un año no es obligatorio volver a presentarla en los años siguientes, si el cambio producido en cada grupo de bienes no es superior a 20.000€, con excepción de si se pierde la condición de sujeto pasivo de la declaración informativa, es decir, si se deja de ser titular de las cuentas, o beneficiario del seguro, o titular del inmueble, etc.

Contenido de la declaración:

Para cada grupo de bienes se establece una serie de información que debe ser suministrada en la Declaración.

Así por ejemplo, para las cuentas bancarias, se debe informar de:

a)      Razón social y domicilio de la entidad bancaria
b)      Fecha de apertura o cancelación
c)      Identificación completa de la cuenta
d)      Saldo de la cuenta a 31 de diciembre y saldo medio del último trimestre

Se considerará “conjunto de datos” a efectos de sanciones, cada uno de los apartados anteriores, y será 1 “dato”, p.ej. el saldo de la cuenta a 31 de diciembre y otro “dato” el saldo medio del último trimestre.

Sanciones:

Se prevé un régimen sancionador específico tanto para su incumplimiento absoluto como para la presentación extemporánea de la declaración, oscilando las sanciones entre 1.500 € como mínimo en éste último supuesto y 5.000 € por cada dato o conjunto de datos referidos a cada bien o derecho en caso de incumplimiento absoluto de la obligación de información.

Para más información, pueden visitar la web de la AEAT: http://goo.gl/fpylE


Respuestas

  1. Una información muy útil. Hay que estar atentos a todos los cambios. Gracias por compartir.


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