En la Ley 6/2013, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, publicada en el BOCM 30 de diciembre de 2013, se establecen las principales medidas fiscales a aplicar a partir de 2014 en la Comunidad de Madrid, y que afectan a los siguientes impuestos estatales cedidos:
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas:
- Se suprime la deducción autonómica por donativos a fundaciones
- Se modifica la escala autonómica aplicable a la base liquidable general del impuesto, incluyendo una nueva reducción de los porcentajes marginales aplicables a cada uno de los tramos de base liquidable. Esta nueva reducción de 1,6 puntos, distribuida en 0,4 puntos porcentuales en cada uno de los tipos marginales, unida a la reducción de 1 punto aprobada en 2007, sitúa la tarifa autonómica de la Comunidad como la más baja de las Comunidades Autónomas.
Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados:
Se reducen dos tipos impositivos:
- El tipo general del 7%, dentro de la modalidad de “Transmisiones Patrimoniales Onerosas”, correspondiente a las transmisiones de inmuebles y a la constitución y cesión de derechos reales sobre los mismos, que pasa a ser del 6%.
- El tipo impositivo del 1% aplicable a la cuota gradual de documentos notariales de la modalidad de “Actos Jurídicos Documentados”, que pasa a ser del 0,75%
Impuesto sobre Hidrocarburos:
Se establece el tipo de devolución de la Comunidad de Madrid aplicable al gasóleo profesional, que será de 17 euros por 1.000 litros
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