El BOE nº 51, del sábado 28 de febrero, ha publicado el Real Decreto 124/2015 por el que se regula el PIVE-7, con las siguientes novedades:
1) Se garantiza el reembolso de los anticipos concedidos por los concesionarios como continuidad del Plan PIVE-6 con los requisitos de éste, pero con cargo a los fondos del PIVE-7.
Son 160.000 operaciones recogidas en un listado de reservas provisionales, que ahora se gestionarán, y que prácticamente suponen el 90% de los fondos del PIVE-7. Se garantiza su reembolso, pero esto implica que los fondos de este Plan están próximos a agotarse nada más entrar en vigor.
2) Para las operaciones que se realicen desde el 1 de marzo (fecha de entrada en vigor), cambian los requisitos:
- Titularidad previa de 12 meses en el vehículo achatarrado: el adquirente del vehículo nuevo debe ser titular del vehículo achatarrado al menos 12 meses antes de la solicitud de la ayuda.
- ITV en vigor del vehículo que se achatarra.
- Se reduce el precio máximo a 20.000 euros en los vehículos con etiqueta B de >120 grsCO2/km. (25.000€ para las etiquetas A y para las B de < de 120 grsCO2/km).
Deja una respuesta