Posted by: Gestoría | 22/01/2014

Ley de Prevención de Riesgos Laborales

Gestoría Henares riesgoLo necesitas si eres una persona física o jurídica y tienes empleados por cuenta ajena para el desarrollo de tu labor empresarial.

Te interesa si has encargado un Servicio de Prevención Ajeno al desarrollo y la integración de la Prevención de Riesgos Laborales.

¿Desarrollas tu trabajo en tus propias instalaciones? ¿Lo haces en dependencias de otras empresas? En ambos casos precisas de la siguiente documentación:

  • Plan de Prevención
  • Evaluación de Riesgos
  • Planificación de la Actividad Preventiva
  • Controles de salud
  • Formación e información de los trabajadores

Incluso autónomos sin trabajadores a su cargo podrán verse afectados por esta ley, en el caso de que desarrollen su labor en centros de trabajo ajenos, por coordinación de actividades empresariales.

La Ley 31/1995 indica que en cumplimiento del deber de protección frente a los riesgos laborales, el empresario deberá garantizar la seguridad y salud de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo.

Responsabilidad del empresario:

  • Civil, que obliga a la reparación del daño y a la indemnización de perjuicios materiales y morales.
  • Penal, por delitos y faltas de lesiones, con sanciones que pueden llegar a clausurar la empresa o la suspensión de actividades.
  • Administrativa, con sanciones que pueden alcanzar los 819.000€.

No tengas dudas.

Habla con tu Gestor Administrativo.

  • Es el profesional más capacitado para asesorarte.
  • Recibirás un trato especializado y personalizado.
  • El Gestor realizará los trámites de la forma más eficaz y adecuada para tus intereses.

 

(Extraído de las fichas editadas por el Colegio de Gestores Administrativos de Madrid)


Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Categorías