Hoy en el Consejo de Ministros se ha aprobado el Anteproyecto de Ley de medidas de lucha contra el fraude fiscal, entre las cuales, se encuentra la siguiente:
Exclusión de determinadas actividades del régimen de módulos:
Se establece la exclusión del régimen de estimación objetiva para aquellos empresarios que facturen menos del 50% de sus operaciones a particulares.
Dicha exclusión sólo operará para empresarios cuyo volumen de rendimientos íntegros del año anterior supere los 50.000€.
Las actividades susceptibles de exlusión son las afectadas por la retención del 1%: carpintería, fabricación de artículos de ferretería o carpintería, confección, industria del mueble de madera, impresión de textos,o imágenes, albañilería, instalaciones y montajes, revestimientos, cerrajería, pintura, trabajos en yeso y escayola, transporte de mercancias por carretera y servicios de mudanzas.
Deja una respuesta