Posted by: Gestoría | 16/10/2013

Claves de la Ley de Emprendedores: Apoyos fiscales y en materia de Seguridad Social (III)

Gestoría Henares emprendedoraIVA:

Se crea el Régimen Especial del Criterio de Caja: el denominado criterio de caja doble, aún pendiente de desarrollo, podrá ser aplicado por aquellos sujetos pasivos cuyo volumen de operaciones no supere los 2.000.000 de euros.

Gracias a este régimen, los sujetos pasivos del IVA pueden optar por un sistema que retrasa el devengo y la consiguiente declaración e ingreso del IVA repercutido, hasta el momento del cobro, total o parcial, a sus clientes, con la fecha límite del 31 de diciembre del año inmediato posterior a aquel en que las mismas se hayan efectuado.

 

Impuesto sobre Sociedades:

Se establece:

* una nueva deducción del 10% por inversión de beneficios que modifica el artículo 37 TRLIS, para aquellas entidades que tengan la condición de empresas de reducida dimensión, vinculada a la creación de una reserva para inversiones equivalente a la base de la deducción, al mantenimiento de la inversión al menos 5 años o su vida útil, y a la inclusión en la Memoria de todos los puntos establecidos en la norma. Esta nueva deducción será incompatible con la de deducción por inversión en Canarias y con la Libertad de Amortización.

* se modifica el régimen fiscal aplicable a las rentas procedentes de determinados activos intangibles, consistente en la reducción de la base imponible en el importe del rendimiento neto que proceda del uso o cesión de patentes, dibujos… (no se incluyen programas informáticos, marcas, etc). Aparecen además dos nuevas figuras de “Acuerdo previo” con la Administración, tanto de valoración previa como de calificación de I+D o I+D+i

* para las entidades de nueva creación, a partir del 1 de enero de 2013, el tipo impositivo será del 15% para aquellas sociedades cuya base imponible sea menor de 300.000€ y del 20% para el resto.

 

Continuaremos a la vuelta


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