Con fecha 30 de diciembre de 2021 se han publicado en el BOE las Bases Reguladoras para la concesión de ayudas mediante las que se ejecuta el Programa KIT DIGITAL, para la digitalización de Pymes y autónomos, que serán válidas hasta el fin del Plan de Recuperación, Transformación y Resilencia, en diciembre de 2026.
El plazo para solicitar las ayudas será de 3 meses desde la publicación de cada convocatoria o hasta el fin de los fondos disponibles.
La solicitud se realizará mediante la cumplimentación de un formulario automatizado en la sede electrónica que se determine en cada convocatoria (la cual será accesible desde la plataforma Acelera pyme
Los conceptos subvencionables serán aquellas soluciones de digitalización que mejoren la competitividad y el nivel de madurez digital de las empresas y autónomos, que estén encuadradas en las siguientes categorías:
* Sitio web y presencia en internet
* Comercio electrónico
* Gestión de redes sociales
* Gestión de clientes
* Business intelligence y analítica,
* Gestión de procesos
* Factura electrónica
* Servicios y herramienta de oficina virtual,
* Comunicaciones seguras y ciberseguridad
Requisitos de los beneficiarios, entre otros:
– Ser Pyme, microempresa o autónomo
– No tener más de 50 empleados
– No estar considerada empresa en crisis
– Estar al corriente de pago con Seguridad y Hacienda
– Disponer de la evaluación del Nivel de Madurez Digital, de acuerdo con el test de diagnóstico disponible en la plataforma Acelera pyme: AQUÍ
– Adoptar las soluciones digitales accesibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa y destinar el importe de la subvención a estas, formalizando los correspondientes Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización con los Agentes Digitalizadores Adheridos de conformidad con estas bases reguladoras y con lo que establezca la correspondiente convocatoria.
El pago de las ayudas se realizará a los Agentes Digitalizadores Adheridos, una vez justificada y comprobada cada fase de las dos en las cuales deben dividir su prestación de la Solución de Digitalización (3 meses máximo para realizar la instalación y desarrollo y 12 meses desde la emisión de la factura de la fase anterior) .
En la factura que el Agente emitirá a la Pyme o Autónomo durante la primera fase, incluirá el importe total de la solución de digitalización contratada, reflejando la reducción en el importe a abonar por el beneficiario con respecto a la cuantía de la subvención concedida.
En caso de que el Agente no pueda cobrar la subvención a causa de algún incumplimiento de requisitos por parte del beneficiario, será éste el que deba asumir el pago al Agente de los costes incurridos.
El importe de las ayudas dependerá de la Solución de digitalización contratada, que estará entre los 500€ y los 2.500€ para los autónomos y empresas de menos de 10 empleados.
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