Posted by: Gestoría | 25/03/2021

Ayudas de Madrid por la contratación de trabajadores (II)

Gestoría Henares jefe

Requisitos específicos para cada programa:

a) Impulso a la contratación en prácticas

De los destinatarios:

  • Titulación Universitaria o Formación Profesional o Certificado de profesionalidad.
  • Haber obtenido el título anterior en un periodo máximo de 5 años anteriores a la fecha de contratación

De los beneficiarios:

  • Dar de alta al joven en el grupo de cotización correspondiente a su nivel de estudios.

Características:

  • Periodo subvencionable de 6 meses
  • La jornada no puede ser inferior al 62,5% y la subvención se reduce proporcionalmente
  • La cuantía será de 4.500€ o de 5.000€ cuando el contrato se formalice con un joven despedido a partir del 14/03/2020 por causas ETOP o FM. En caso de contratar una mujer o persona perteneciente al colectivo trans, la cuantía se incrementa en 500€

b) Impulso al contrato de formación y aprendizaje

De los destinatarios:

  • Carecer de titulación necesaria para formalizar un contrato en prácticas.
  • Ser menor de 25 años

De los beneficiarios:

  • El acuerdo para la actividad formativa debe estar previamente autorizado por la DG de Formación de la Comunidad de Madrid o por el SEPE. .

Características:

  • Periodo subvencionable de 6 meses
  • La jornada no puede ser inferior al 100%
  • La cuantía será de 2.940€ o de 3.440€ cuando el contrato se formalice con un joven despedido a partir del 14/03/2020 por causas ETOP o FM. En caso de contratar una mujer o persona perteneciente al colectivo trans, la cuantía se incrementa en 500€

c) Contratación estable de jóvenes

De los beneficiarios:

  • Según la norma la contratación debe suponer un incremento neto del nivel de empleo indefinido de la empresa; sin embargo, este requisito está suspendido de momento mientras dura la situación actual.
  • Existe un límite de 10 contrataciones subvencionadas al año por beneficiario.

Características:

  • Periodo subvencionable de 12 meses
  • La jornada no puede ser inferior al 62,5% y la subvención se reduce proporcionalmente
  • Si el trabajador causa baja se puede sustituir por otro que cumpla los requisitos hasta en 2 ocasiones.
  • La cuantía será de 5.500€ o de 6.000€ cuando el contrato se formalice con un joven despedido a partir del 14/03/2020 por causas ETOP o FM. En caso de contratar una mujer o persona perteneciente al colectivo trans, la cuantía se incrementa en 500€. Si se trata de la primera contratación de un autónomo, se incrementa la ayuda en 2.000€.

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(continuara)

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