El Real Decreto 908/2013, de 22 de noviembre, regula el establecimiento de normas especiales para la concesión de ayudas extraordinarias a trabajadores afectados por procesos de reestructuración de empresas.
Las ayudas reguladas por este Real Decreto son ayudas extraordinarias para atender situaciones de urgencia y necesidad socio-laboral, que permitan paliar las consecuencias sociales derivadas de los procesos de reestructuración de empresas, que pudieran conllevar el cese total o parcial de la actividad de las mismas, o contribuyan al mantenimiento del empleo.
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de las ayudas los trabajadores afectados por un despido colectivo, o bien aun no siendo colectivo por no alcanzar las cifras para ello establecidas, sean despedidos por las mismas causas: económicas, técnicas, organizativas o de producción, y aquellos cuyo contrato de trabajo se extinga conforme a lo previsto en el artículo 64 de la Ley Concursal.
Requisitos:
Para optar a las ayudas, todos estos trabajadores deberán cumplir los siguientes requisitos:
* Tener una antigüedad mínima en la empresa o grupo de empresas de dos años. En el caso de trabajadores con contrato a tiempo parcial o fijos discontinuos la antigüedad se computará de fecha a fecha desde la fecha de ingreso en la empresa, hasta la fecha del despido.
* Que se encuentren en situación legal de desempleo en el momento de la concesión de la ayuda. A los trabajadores que se encuentren incluidos en un plan de rentas y que estén desempeñando una actividad remunerada en el momento de la concesión de la ayuda, se les podrá reconocer el derecho a la misma, pero su cobro quedará suspendido hasta que el trabajador se encuentre en situación legal de desempleo.
(continuará)
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