Posted by: Gestoría | 19/02/2014

¿Me interesa el nuevo contrato de formación?

Gestoría Henares contratoEl nuevo contrato de formación tiene poco que ver con el de hace unos meses, siendo lo más importante del cambio, que el salario del trabajador debe ajustarse al convenio colectivo de aplicación.

Ahora es mucho más accesible, y en muchos casos muy conveniente, tanto para empresario como para trabajador; incluso es posible que a más de uno le haga plantearse un cambio de modalidad de contrato acordándolo por ambas partes, dado que el trabajador puede ver su sueldo incrementado con parte del ahorro que en cuotas sociales obtiene el empresario.

Las características principales son:

  • La edad del trabajador debe ser inferior a 30 años hasta que la tasa de paro baje del 15%, que entonces sólo se podrá realizar a los menores de 25.
  • Se podrá realizar este contrato a trabajadores que no tengan titulación alguna; así como a trabajadores con FPI y FPII, o a diplomados y licenciados, siempre que el puesto de trabajo no tenga nada que ver con su titulación (p.ej. puesto de carnicero para un FPI metal).
  • La jornada de trabajo efectivo debe ser de máximo un 75% de la jornada del resto de trabajadores, correspondiendo el resto a formación, que puede ser impartida por un tutor nombrado por la empresa o puede ser externo. El trabajador así contratado no puede realizar horas extras ni trabajo a turnos o nocturno.
  • La duración del contrato debe ser mínimo de 1 año y máximo de 3 años (éste es el único aspecto que un Convenio puede regular a la baja respecto a lo que marca la Ley; pues puede decidir que el mínimo sea de 6 meses)
  • Una vez finalizado el contrato de formación para una categoría, se puede realizar otro de la misma modalidad al mismo trabajador, aunque para categoría diferente.
  • El trabajador tiene derecho a desempleo, una vez se extinga su contrato; aunque la misma empresa puede volver a contratarle con este mismo tipo de contrato por otros 3 años más, siempre que la categoría sea diferente (p.ej. los primeros 3 años como Oficial de 2ª y los siguientes como Oficial de 1ª)
  • Se necesita un nuevo código de cuenta de cotización de la empresa, al que se adherirán todos los contratos de formación de la empresa.
  • No existe limitación al número de contratos de formación que una empresa puede realizar.
  • Si se convierte a Indefinido, conlleva bonificaciones en las cuotas sociales durante 3 años: unos 108€ al mes menos de lo que pagaría por un indefinido normal.

 


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