Posted by: Gestoría | 08/10/2015

¿Tengo derecho a una pensión si trabajé antes de 1966? (y II)

Gestoría Henares jubiladoINVALIDEZ

  • Tener 50 años cumplidos.
  • Acreditar 1.800 días de cotización al Seguro de Vejez e Invalidez (SOVI) antes de 1-1-67. No se considera válida, a estos efectos, la mera afiliación al extinguido Régimen de Retiro Obrero.
  • Que la invalidez sea absoluta y permanente para la profesión habitual y sea la causa determinante del cese en el trabajo.
  • Que no sea por causa imputable al trabajador o derivada de un accidente de trabajo o enfermedad profesional indemnizables.
  • No tener derecho a ninguna otra pensión a cargo de los regímenes que integran el Sistema de la Seguridad Social o a sectores laborales pendientes de integración en el mismo, con excepción de las pensiones de viudedad de las que puedan ser beneficiarios.

VIUDEDAD

  1. Causante pensionista del SOVI con fallecimiento anterior a 1-1-67:

Para el causante: haber fallecido a partir de 1-1-56.

Para el solicitante:

  • Tener cumplidos 65 años en la fecha del fallecimiento del causante o estar totalmente incapacitado para todo trabajo. No obstante, si en dicha fecha el solicitante no hubiera alcanzado la edad de 65 años, pero tuviera más de 50, conserva el derecho a que se le reconozca la pensión al cumplimiento de los 65 años.
  • No tener derecho a una pensión de vejez o invalidez SOVI.
  • Haber contraído matrimonio con el causante 10 años antes, como mínimo, del fallecimiento.
  1. Causante pensionista del SOVI con fallecimiento posterior a 31-12-66:

Cuando el fallecimiento del pensionista es posterior a 1-1-67, al solicitante se le exigen idénticos requisitos que los establecidos para tener derecho a la pensión de viudedad del Régimen General.

  1. Causante no pensionista del SOVI:

Para el causante:

  • Fallecimiento a partir de 1-1-56.
  • Haber estado afiliado al Retiro Obrero Obligatorio o acreditar 1.800 días de cotización al SOVI antes de 1-1-67.

Para el solicitante:

Se exigen los mismos requisitos que los establecidos para el supuesto de causante pensionista fallecido con anterioridad al 1-1-67.

 


Respuestas

  1. Mi marido está jubilado por enfermedad y hoy a llegado una carta de lo que Le suben tiene 53 años y está por sovi esto que significa que es como la paga no contributiva tiene 14 año y tres meses cotizado el último año estuvo de baja por la seguridad social y no se como no se refriega en la vida laboral debería tener los 15 años y nada tendré que ir a reclamar entonces si Le pasa algo a mi marido cuanto me quedaría a mi

    • Estimada Pilar,

      Sentimos no poder ayudarla. No entendemos lo que nos quiere transmitir; así que le aconsejamos que acuda a su CAISS más cercano y en persona, y de palabra, pregunte a los funcionarios sus dudas.

      Un saludo,

  2. mi esposa cotizó en distintos periodos hasta un plazo de cinco años, actualmente tiene 65 años, yo cobro una pensión contributiva de 32.888,38 € brutos. Tiene derecho a cobrar alguna retribución por parte del Estado?

    • Estimado Enrique,

      Entendemos que con la edad que tiene su mujer, no cotizó nunca al SOVI y por tanto, no puede tener derecho a la prestación correspondiente.

      Por otro lado, con tan solo 5 años de cotización a la SS, no tiene derecho a una Pensión Contributiva de jubilación.

      Y con los ingresos que usted percibe, si viven los dos solos, está muy lejos de ser beneficiaria de una PNC.

      En cualquier caso, lo que deben hacer es acudir al CAISS más cercano, para que, con sus datos particulares, que nosotros desconocemos, estudien su situación y puedan contestarles con más rigor que a través de un foro público, sin disponer de datos personales.

      Un saludo,

      • Ante todo gracias por su rápida respuesta. En cuanto al SOVI, los primeros años que cotizó fueron 589 dias de 15.11.71 a 25.06.73, 140 dias de 1.11.68 a 20.03.69 y 423 días de 05.09.67 a 31.10.68, el resto hasta los cinco años fueron en fechas más recientes concretamente años 2014 y 2015. Con estos datos, tiene derecho al SOVI?

        • Estimado Enrique,

          Como puede leer en la noticia más arriba, para ser beneficiario del SOVI, se debe haber cotizado a aquel, un mínimo de 1.800 días. Al no cumplir este requisito su mujer, no tendrá derecho al SOVI.

          Un saludo,


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