En el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 6 de septiembre de 2023, se ha publicado la Orden que convoca las subvenciones dirigidas a la reducción de la siniestralidad laboral mediante la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo a través de las siguientes líneas:
Línea 1: Gastos para la mejora de las condiciones de trabajo relacionadas con la Seguridad en el Trabajo, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología aplicada.
Línea 2: Gastos en sensibilización y formación preventiva.
Línea 3: Gastos en materia de seguridad vial laboral.
Línea 4: Gastos para la mejora de la organización y gestión preventiva.
Línea 6. Gastos para la promoción de la salud en el trabajo.
El plazo para presentar las solicitudes se inició el 7 de septiembre y finaliza el próximo 15 de noviembre de 2023.
Pueden ser Beneficiarios de dichas ayudas:
* Personas físicas o jurídicas, siempre que tengan uno o varios trabajadores por cuenta ajena.
* Personas físicas (en los supuestos incluidos en el artículo 1 del Estatuto del Trabajo Autónomo), aunque no den ocupación a trabajadores por cuenta ajena.
* Que ejerzan una actividad económica en la Comunidad de Madrid y
* Realicen los gastos o actividades objeto de subvención en centros de trabajo situados dentro del territorio de la Comunidad de Madrid.
Y quedan excluidos:
* Las sociedades públicas y entidades de derecho público, así como cualquier empresa u organización en la que su participación sea mayoritaria.
* Las empresas que tengan entre sus actividades el alquiler de material y equipos, para aquellos materiales y equipos que se vayan a destinar a su alquiler, comercialización o actividad económica.
* Las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado. No podrán obtener la condición de beneficiarios, los solicitantes en los que concurra alguna de las circunstancias previstas en la normativa de subvenciones.
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