Posted by: Gestoría | 19/05/2020

Subvenciones de Madrid al alquiler de vivienda habitual

Gestoría Henares juntavecinos

En el BOCM de la Comunidad de Madrid se ha publicado con fecha 13 de mayo, extracto de la Orden del Consejero de Vivienda de 11 de mayo, que tiene como objeto regular las subvenciones en régimen de concesión directa, dirigidas a los arrendatarios de vivienda habitual en la Comunidad de Madrid que, como consecuencia del impacto económico y social del COVID-19, tengan problemas transitorios para atender al pago parcial o total del alquiler.

Asimismo, se incluyen las ayudas para hacer frente a la devolución de las ayudas transitorias de financiación recogidas en el artículo 9 del Real Decreto-Ley 11/2020, de 31 de marzo, solicitadas por arrendatarios de vivienda habitual, a cuya devolución no pudieran hacer frente.

Requisitos:

Se deben cumplir los siguientes, de forma conjunta:

1.- Arrendatarios en situación de vulnerabilidad económica y social sobrevenida a consecuencia del COVID-19, entendiendo esta situación como persona obligada a pagar la renta de alquiler en situación de desempleo a partir del 1 de marzo, ERTE o reducción de su jornada por motivo de cuidados, no alcanzando el conjunto de los ingresos de la unidad familiar en el mes anterior al de la solicitud, el límite de 3 veces el IPREM con carácter general o superior en 0,1 veces el IPREM por cada hijo a cargo o persona mayor de 65 años miembro de la unidad familiar, o 0,15 veces el IPREM por cada hijo a cargo en familia monoparental; o superior a 4 veces el IPREM en caso de que algún miembro tenga declarada una discapacidad igual o superior al 33%, situación de dependencia o enfermedad que incapacite para desarrollar actividad laboral o superior a 5 veces el IPREM en casos de discapacidad mental o física severa.

2.- La renta arrendaticia más los gastos y suministros básicos debe ser superior o igual al 35% de los ingresos netos que perciba el conjunto de los miembros de la unidad familiar, en el mes anterior al de la solicitud.

Cuantía:

El 100% del importe mensual de la renta del alquiler con un máximo de 900€/mes, por un plazo máximo de 6 meses, pudiendo incluirse como primera mensualidad el mes de abril de 2020.

En caso de haber accedido a las ayudas de financiación del RDLey 11/20, la ayuda podrá llegar hasta un máximo de 5.400eu, con la que se satisfará total o parcialmente el pago de la renta de la vivienda habitual.

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