El Real Decreto-ley 8/2014, de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia aprobado el viernes 4 de julio, en el que se recogen medidas correspondientes a los Ministerios de Justicia, Defensa, Hacienda y Administraciones Públicas, Fomento, Educación, Cultura y Deporte, Empleo y Seguridad Social, Industria, Energía y Turismo, y Economía y Competitividad, consta de tres ejes fundamentales, además de avanzar algunas medidas de la reforma fiscal:
- Fomentar la competitividad y el funcionamiento eficiente de los mercados
- Mejorar el acceso a la financiación
- Fomentar la empleabilidad y la ocupación, en especial de los jóvenes
En este último eje se enmarca la puesta en marcha del Sistema Nacional de Garantía Juvenil (A) y las modificaciones para sentar las bases legales para la implementación de la Estrategia de Activación para el Empleo (B ),con nuevos incentivos a la contratación,que desarrollaremos en las próximas dos noticias de nuestra web:
A.- El Sistema Nacional de Garantía Juvenil tiene por finalidad que las personas jóvenes no ocupadas, ni integradas en los sistemas de educación o formación, y que sean mayores de 16 años y menores de 25 puedan recibir una oferta de empleo, educación, formación de aprendiz o prácticas tras acabar la educación formal o quedar desempleadas. En el caso de personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33% la edad se eleva hasta los 30 años.
A.-Registro Nacional del Sistema de Garantía Juvenil:
Para poder ser beneficiario del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, se deberá proceder a inscribirse en el Registro Nacional, de forma telemática y mediante certificado digital. Solo las personas en riesgo de exclusión podrán hacerlo de forma presencial.
Para inscribirse, se deben cumplir los siguientes requisitos:
- Tener entre 16 y 25 años. En el caso de personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, tener más de 16 y menos de 30 años.
- Tener la nacionalidad española o ser ciudadanos de la Unión o de los Estados parte del Acuerdo Económico Europeo o Suiza que se encuentren en España en ejercicio de la libre circulación y residencia.
- También podrán inscribirse los extranjeros titulares de una autorización para residir y trabajar en territorio español.
- Estar empadronado en cualquier localidad del territorio
- No haber trabajado en los últimos 30 días.
- No haber recibido acciones educativas en los últimos 90 días.
- No haber recibido acciones formativas en los últimos 30 días.
- Adquisición de un compromiso de participación activa.
(continuará)
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