La Ley 6/2014 que entró en vigor el pasado 9 de mayo, modifica el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo.
Las modificaciones incluyen importantes novedades tanto en materia de seguridad vial como de avance al futuro Reglamento General de Circulación:
- Consumo de alcohol y drogas
Se incrementan las sanciones, pasando de 500€ a 1.000€ la multa por conducir bajo los efectos de las drogas, aunque se mantiene en 500€ si la droga es el alcohol. Solo en caso de reincidencia será de 1.000€ o si se duplica la tasa máxima de alcohol permitida. Y bastará la prueba de saliva para imponer este tipo de sanciones.
- Infracciones y sanciones
Se incrementa en 5 días el plazo existente hasta ahora (15 días) para presentar alegaciones y pagar de forma voluntaria las sanciones con el descuento del 50%.
- Detectores de radares
Se prohíbe y sanciona con 200€ la utilización de detectores de radar (los inhibidores ya están prohibidos) y sólo se permiten los avisadores de radar que ofrecen información sobre su ubicación en función de la base de datos de la DGT.
- Ciclistas
El casco será obligatorio en carretera para todas las edades y sólo para los menores de 16 años cuando circulen por ciudad. La sanción por incumplir esta norma podrá ser de 200€.
(continuará)
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