Posted by: Gestoría | 12/12/2017

Qué debo tener en cuenta antes del cierre contable del año (IV)

Gestoría Henares empresasPGC-PYMES

Pueden acogerse al PGC-pymes las empresas que cumplan dos de los siguientes requisitos: que su activo no supere los cuatro millones de euros; que el importe neto de su cifra anual de negocios no supere los ocho millones, y que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio no sea superior a 50.

A partir del 1/1/2016 hay novedades que se deben tener en cuenta al cierre del ejercicio 2017:

  • Se suprime la obligatoriedad de incluir el estado de cambios en el patrimonio neto para las empresas que utilicen el modelo abreviado del PGC y para las que apliquen el modelo PGC-pymes.
  • Se reduce la información que las pymes deben incluir en el modelo de memoria abreviada;
  • Todos los activos intangibles (cuentas Grupo 20) se consideran que tiene vida útil definida. Si esta vida útil definida es difícil de estimar se considerará de 10 años;
  • El Fondo de Comercio se vuelve a amortizar y se presumen una vida útil de 10 años;
  • Los derechos de emisión, deben clasificarse en existencias. Estos activos deben figurar como materias primas, con la exigencia de desglosar en el balance la parte que se consumirá a largo plazo (más de 12 meses).

 

(continuará)

 


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