Posted by: Gestoría | 12/11/2020

Qué debo hacer como heredero cuando un familiar fallece

Constitución

Cuando una persona fallece, existen una serie de gestiones que los herederos deben tramitar, y lo más conveniente es que se pongan en manos de un Gestor Administrativo para que éste les informe de todos y cada uno de los pasos que deben dar, y en qué orden.

Las gestiones más habituales a realizar, a través del Gestor, son:

1º.- Se procede a entregar al Gestor la documentación relativa a la defunción (certificado de defunción, de actos de últimas voluntades, de seguros de cobertura de fallecimiento, testamento, escrituras de compra de los inmuebles de los cuales era titular el causante, o relación de las referencias catastrales de los inmuebles a transmitir, documentos de identidad, etc)

2º.- Con esta documentación, el Gestor se pone en contacto con el Notario y tras preparar la Escritura de Partición y Adjudicación de la Herencia, y ser revisada por el Gestor, acuden los interesados en la sucesión, a su firma.

3º.- El Gestor confecciona el Impuesto sobre Sucesiones, lo paga y presenta en nombre de los herederos, cumpliendo con la obligación fiscal autonómica que todo heredero tiene. El plazo para presentar este Impuesto es de 6 meses desde la fecha de fallecimiento. Si no se paga en ese plazo y se hace en un plazo inferior a 4 años después de la fecha de fallecimiento, la Agencia Tributaria autonómica correspondiente, emitirá una «paralela», con sus correspondientes intereses, recargo y sanción que depende de cada Comunidad Autónoma.

4º.- El Gestor gestiona el pago de la Plusvalía Municipal, obligación fiscal de los herederos de inmuebles, que no todos los municipios tienen habilitada. Tiene el mismo plazo que el Impuesto anterior, aunque en este caso no es la Hacienda autonómica sino el Ayuntamiento correspondiente quien puede liquidar con intereses, recargo y/o sanción.

5º.- Con los Impuestos sobre Sucesiones y Plusvalías pagados, el Gestor procede a la gestión de inscribir en el Registro de la Propiedad correspondiente las fincas transmitidas en la sucesión.

No dude en ponerse en contacto con Gestoría Henares en caso de necesitar ayuda en este procedimiento.

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