Se prorroga la prestación ordinaria de cese compatible con la actividad hasta el 31 de enero de 2021, siempre que durante el cuarto trimestre de 2020 se sigan cumpliendo los requisitos exigidos para su concesión.
También se habilita la posibilidad de solicitarla si no se hizo en el tercer trimestre.
Requisitos:
· Reducción en la facturación durante el 4º trimestre de 2020 del 75% en relación con el mismo periodo de 2019.
· No superar rendimientos netos de 5.818,5 euros (1,75 veces el SMI) de octubre a diciembre de este año.
· Esta prestación podrá percibirse como máximo hasta el 31 de enero de 2021.
· Quienes no la hayan percibido en el tercer trimestre, deberán haber recibido la prestación extraordinaria por cese de actividad hasta el 30 de junio.
Plazo para su solicitud:
-Ante la Mutua colaboradora con la Seguridad Social
– Si se solicita entre el día 1 y el 15 de octubre de 2020, se percibirá durante 4 meses, desde el 1 de octubre.
– Si se solicita más allá del 15 de octubre, se percibirá hasta el 31 de enero de 2021, desde el día siguiente a su solicitud.
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(continuará)
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