Como soporte jurídico de esta iniciativa, se han publicado las tres Órdenes Ministeriales destinadas a la regulación de:
- Notificaciones Telemáticas,
- Sistema RED y
- Registro de Apoderamientos
Más de un millón y medio de empresas y empresarios individuales de alta como autónomos comenzarán a recibir las notificaciones de los actos administrativos derivados de los procedimientos que gestiona la TGSS en la Sede Electrónica de la Seguridad Social; sin embargo la efectividad de la medida no se producirá hasta que el sujeto responsable reciba por vía postal la resolución sobre su incorporación obligatoria a este sistema y haya transcurrido el plazo de un mes para la interposición del correspondiente recurso.
Las empresas de nueva creación y que cumplan los requisitos para ser notificadas obligatoriamente por medios telemáticos, quedarán automáticamente sujetas al nuevo procedimiento sin necesidad de comunicación por parte de la Administración
Los sujetos obligados a notificación telemática deberán consultar periódicamente la Sede de la Seguridad Social a través del portal https://sede.seg-social.gob.es. Una vez allí, se accede al apartado “Mi Sede Electrónica” y mediante certificado digital, se podrán consultar a las notificaciones puestas a disposición. En el caso del autorizado RED es válido el certificado SILCON actual.
El período de consulta de las notificaciones en SEDESS será de diez días, tras los cuales, si el interesado no comparece se entenderán notificadas.
La TGSS enviará avisos de puesta a disposición en la Sede de notificaciones, tanto al autorizado a través del Sistema RED, como a la empresa si ha facilitado su correo electrónico.
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