Posted by: Gestoría | 08/05/2013

Nuevo sistema de Notificación Telemática Seguridad Social (NOTESS) (I)

Gestoría Henares tramiteonlineA lo largo de 2013 la Tesorería General de la Seguridad Social generalizará la implantación de la notificación por medios electrónicos para alcanzar el objetivo de sustituir las comunicaciones que venían realizándose por correo tradicional y las publicaciones en Boletines Oficiales, con el fin de asegurar mayor eficiencia y agilidad en su gestión

El nuevo modelo que diseña la Administración de la Seguridad Social basado en la comparecencia electrónica, exige que el empresario y sujetos responsables accedan al contenido de la actuación administrativa a través de su Sede Electrónica.

El servicio que permite el acceso online a las notificaciones a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, se habilitó en mayo de 2011 para que las empresas y sujetos responsables de la obligación de cotizar pudieran suscribirse voluntariamente. A lo largo de 2013 se extenderá con carácter obligatorio a:

  • Todas las empresas cualquiera que sea su actividad, encuadradas en cualquiera de los Regímenes del Sistema de la Seguridad Social e independientemente del número de trabajadores.
  • Trabajadores por cuenta propia o autónomos que al mismo tiempo tengan la condición de empresarios obligados a transmitir por el Sistema RED los datos relativos a sus trabajadores.
  • Empresas y demás sujetos responsables encuadrados en los Sistemas Especiales del Régimen General, excepto el sistema especial de empleados de hogar.

A pesar de que la responsabilidad jurídica derivada de las notificaciones telemáticas recaerá siempre sobre la empresa o sujeto obligado, entra a jugar un papel fundamental en este modelo de comunicación la figura del AUTORIZADO RED. La Tesorería General de la Seguridad Social pondrá la notificación a disposición, en todo caso, tanto del sujeto obligado a recibirla como del autorizado que tenga asignada la gestión en el Sistema RED. La notificación practicada a este último será válida y vinculante para el primero, desplegando todos sus efectos jurídicos.

Más allá de la figura del autorizado, la empresa contará con el servicio de Apoderamiento de un Tercero como receptor adicional de sus notificaciones.

En cualquier caso, sólo podrá existir un receptor autorizado que reciba la notificación además de la empresa.

(continuará)


Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Categorías