El Ayuntamiento de Madrid con base a las competencias que tiene atribuidas en materia de protección del medio ambiente y de calidad del aire y protección de la atmósfera, elaboró en 2011 el Plan de Calidad del Aire de la Ciudad de Madrid 2011-2015, que contempla entre otras medidas y con el objetivo común de reducir la contaminación, las de ampliar una hora el SER a partir de 2012, crear una Zona de Bajas Emisiones y prohibir el mantener el motor encendido cuando esté estacionado.
Para poner en práctica dichas medidas, se ha procedido, con fecha 27 de junio de 2012, a modificar la Ordenanza de Movilidad para la ciudad de Madrid, que ha entrado en vigor a partir del 1 de julio de 2012:
- Artículos 63 y 66: para ampliar el horario sobre el que opera el SER, pero permitiendo que los residentes puedan estacionar en las plazas azules de 20:00 a 21:00 horas exhibiendo su distintivo.
El nuevo horario queda así:
Lunes a viernes, no festivos: de 9:00 a 21:00 horas.
Sábados: de 9:00 a 15:00 horas.
Mes de Agosto (de lunes a sábado, no festivos): de 9:00 a 15:00 horas.
Domingos y festivos: sin limitación
- Añadiendo, dos nuevos apartados en el artículo 60 que establece la obligación de parar el motor cuando el vehículo esté estacionado. El incumplimiento de esta obligación se considerará infracción leve y se sancionará con multa de hasta 100 €.
- Incorporando una disposición adicional segunda y un Anexo II aprobando y delimitando, respectivamente, la Zona de Bajas Emisiones (ZBE).
En este espacio podrán establecerse tarifas diferenciadas a las del resto de la zona de estacionamiento regulado. Asimismo, se podrán adoptar medidas de restricción total o parcial del tráfico especialmente para aquellos vehículos que por su tecnología tienen mayores tasas de emisión.
A continuación se incluye el mapa señalizando ambas zonas:
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