Posted by: Gestoría | 25/01/2023

Novedades tributarias para 2023 (I)

Gestoría Henares conciliación

El Real Decreto-Ley 20/22 de 27 de diciembre, ha introducido las siguientes modificaciones en normativa tributaria:

IRPF-Deducción por maternidad (I)

Con efectos 1 de enero de 2023 tendrán derecho a esta deducción todas las mujeres con hijos menores de 3 años por los que tengan derecho al mínimo por descendientes, siempre que:

  • en el momento del nacimiento perciban alguna prestación contributiva o asistencial del sistema de protección de desempleo.
  • en el momento del nacimiento estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad.
  • en cualquier momento posterior al nacimiento estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad con un período mínimo de 30 días cotizados.

También podrán aplicar esta deducción cuando cumplan los requisitos anteriores:

  • Ambos progenitores si son del mismo sexo (dos varones adoptantes, dos mujeres, una madre biológica y otra adoptante o dos madres adoptantes).
  • El padre o tutor en caso de fallecimiento de la madre.
  • El padre o tutor cuando la guarda y custodia se le atribuya de forma exclusiva.

Consiste en una deducción de la cuota diferencial de la Renta que se lleva aplicando solo para madres trabajadoras a partir de la declaración de 2015 y el importe incrementado, por gastos de guardería o en centros de educación infantil, a partir de la declaración de 2018.

Se aplica tanto si la cuota diferencial es positiva (tu renta es a pagar) como si es negativa (tu renta es a devolver) como si es cero.

El importe máximo es de 1.200€ anuales por cada hijo.

La deducción se calculará de forma proporcional al número de meses del periodo impositivo posteriores al momento en el que cumplas los requisitos.

No obstante, cuando tengas derecho a la deducción por haberte dado de alta en la Seguridad Social o mutualidad con posterioridad al nacimiento, en el mes en que alcances el periodo mínimo cotizado de 30 días la cuantía de la deducción correspondiente a ese mes se incrementará en 150 €.

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(continuará)

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