Posted by: Gestoría | 05/12/2012

Notificación Telemática Obligatoria en la Seguridad Social (I)

Gestoría Henares ciudadanosLa Ley 11/2007 de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, posibilita a las Administraciones Públicas establecer la Notificación Telemática Obligatoria.

De hecho, ya existe la obligatoriedad de notificación por medios telemáticos para personas jurídicas en el ámbito de la Dirección General de Tráfico y de la Agencia Tributaria, y para resto de contribuyentes con independencia de su personalidad o forma jurídica en determinados supuestos de la AEAT.

Se encuentran aún pendientes de publicación una serie de acciones normativas que regularán la obligatoriedad de la notificación electrónica a partir del 1 de enero de 2013:

  • Proyecto de Orden Ministerial de Notificaciones Telemáticas de Seguridad Social: establecerá los supuestos y condiciones en que los sujetos están obligados a recibir notificaciones electrónicas mediante comparecencia en la SEDESS (Sede Electrónica de la Seguridad Social)
  • Proyecto de Orden Ministerial de Registro de Apoderamiento: para crear y regular el Registro Electrónico de Apoderamientos de la Seguridad Social para la realización de trámites y actuaciones por medios electrónicos, informáticos y telemáticos.
  • Proyecto de Orden Ministerial Sistema RED: que regulará el Sistema de Remisión Electrónica de Datos (RED) como un servicio para el suministro de datos o documentos y realización de actuaciones administrativas en el ámbito de la Seguridad Social, con el fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones en este ámbito.

(continuará)


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