Posted by: Gestoría | 12/03/2012

Movistar, multada con 40.000 euros

Gestoría Henares movilLa Audiencia Nacional ha condenado a Movistar a una multa de 40.000 euros por no eliminar de su registro de datos una deuda errónea de 1 céntimo, lo que provocó que un usuario continuara figurando como moroso en el fichero de la Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito ( A.S.N.E.F)-Equifax.

El cliente constaba registrado por una deuda de 62,07 euros tanto en el fichero de Movistar como en el de Asnef. Después de reclamar la improcedencia del pago de esa cantidad, la compañía rectificó y procedió a retirar la deuda, pero por un error provocado por el cálculo del IVA aplicable la deuda no se eliminó totalmente, quedando un resto de 0,01 euros que provocó que siguiera constando como moroso.

La sentencia recuerda que «no es óbice a la comisión de la infracción del principio de calidad del dato el ínfimo importe de la deuda anotada, pues en definitiva, y a pesar de dicha cuantía, desde el momento en que existen datos de una persona en un fichero de morosidad, se está atribuyendo la condición de deudor moroso a la misma«.

Asimismo, advierte que tampoco se toma en consideración que la empresa no hubiera dado de alta dicha deuda en el Asnef, ya que «con independencia de que dicha alta derivara de un mero error en la operativa aritmética tras la extinción del saldo de 62,07 euros, (…) son las entidades gestoras de los datos personales (…) las responsables de su exactitud y puesta al día«.

La sentencia es consecuencia del recurso presentado por Movistar por una resolución de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), que inicialmente multó a la compañía con 60.000 euros.


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