- Las organizaciones de autónomos más importantes y representativas participarán en la elaboración de todas las políticas públicas que afecten a los autónomos.
- Pasan a considerarse de “utilidad pública”
- Contarán con un año de plazo para entrar en el Consejo Económico y Social (CES)
- Participarán en la Comisión del Trabajo Autónomo.
5.- Otorgar seguridad jurídica frente a las AAPP:
- Por primera vez se regula en norma con rango de Ley, la deducción de hasta un 30% de los gastos de suministros, como el agua, la luz, el gas, la electricidad y la telefonía e internet, siempre que se trabaje desde casa y se documente con factura a nombre del autónomo.
- Se podrán deducir hasta 26,67€/día en manutención, siempre que se acredite el pago por medios telemáticos y se documente en factura por un restaurador.
Queda pendiente por aprobar y/o recoger en la normativa:
– Tarifa plana para los autónomos societarios, aunque hay sentencias de Tribunales Superiores de Justicia en los que se llega a un acuerdo entre el contribuyente y Hacienda, favorable al primero, pero aún es necesaria una sentencia del TS para que se incluya esta medida en una norma con rango de Ley.
– Deducibilidad del coche del autónomo en el IRPF. Hasta el momento, se viene reconociendo sin problemas por la AEAT la presunción de la deducibilidad del 50% del IVA en la adquisición del vehículo por los autónomos, siempre que éste se destine a la actividad y se sea titular de 2 vehículos. Sin embargo, no ocurre así en IRPF, para cuyo impuesto, la adquisición del vehículo no es deducible.
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