Posted by: Gestoría | 01/03/2018

Ley 6/2017 de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo (II)

Gestoría Henares papelesMedidas para facilitar la cotización a la Seguridad Social y para reducir las cargas administrativas de los trabajadores autónomos

Modificaciones a la Ley General de la Seguridad Social, aprobadas por el Real Decreto Legislativo 8/2015:

Recargos por ingreso fuera de plazo (art.30)

Recargo del 10% de la deuda, si se abonasen las cuotas debidas dentro del primer mes natural siguiente al del vencimiento del plazo para su ingreso y del 20% a partir del 2º mes.

Cotización en supuestos de pluriactividad de trabajadores autónomos (art. 313)

La Tesorería General de la Seguridad Social procederá a abonar al autónomo en pluriactividad, antes del 1 de mayo del ejercicio siguiente, el 50% del exceso en que sus cotizaciones a contingencias comunes, sumadas las del RETA y las de cuenta ajena tanto empresariales como del trabajador, superen la cuantía máxima señalada por los Presupuestos Generales del Estado para cada ejercicio, con el tope del 50% de sus cuotas de contingencias comunes obligatorias en el RETA.

Además, aquellos trabajadores que siéndolo por cuenta ajena, sean alta en el RETA por primera vez, podrán elegir como base de cotización en ese momento, la comprendida entre el 50% de la base mínima de cotización durante los primeros 18 meses, y el 75% durante los siguientes 18, hasta las bases máximas establecidas para este régimen especial. En caso de que el trabajo por cuenta ajena lo sea a tiempo parcial superior al 50% de la jornada habitual, podrá elegir respectivamente entre el 75% y el 85% de la base mínima de cotización. –> Incompatible con cualquier otra medida de apoyo, como es la tarifa plana.

 

(continuará)

 


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