Posted by: Gestoría | 26/06/2012

Incentivos fiscales para las empresas de reducida dimensión (I)

Gestoría Henares empresaSe consideran Empresas de Reducida Dimensión (ERD) aquéllas cuyo importe neto de la cifra de negocios obtenida en el ejercicio fiscal inmediato anterior no supere los 10 millones de euros.

Se entiende por Cifra de Negocios el total de los ingresos por ventas o prestaciones de servicios y subvenciones menos las devoluciones, rappels y descuentos.

Los incentivos fiscales que ahora veremos también serán de aplicación en los tres períodos impositivos inmediatos y siguientes a aquél en que la entidad alcance la referida cifra de negocios de 10 millones de euros, siempre que haya cumplido las condiciones para ser considerada como de reducida dimensión tanto en aquél período como en los dos períodos impositivos anteriores a este último.

Los incentivos fiscales son:

  1. Tipo de gravamen inferior al general
  2. Libertad de amortización, sujeta a incremento o mantenimiento de plantilla
  3. Libertad de amortización para inversiones de escaso valor
  4. Amortización acelerada
  5. Amortización de elementos patrimoniales objeto de reinversión
  6. Pérdidas por deterioro de los créditos por posibles insolvencias de deudores.

1.- Tipo de gravamen.  

En general, las ERD tributarán con arreglo a la siguiente escala:

  • Por la parte de base imponible comprendida entre 0 y 300.000€, al 25%.
  • Por la parte de base imponible restante, al tipo del 30%.

Si la entidad tiene una cifra de negocios inferior a 5 millones de euros y mantiene, en los 12 meses siguientes al periodo impositivo, una plantilla media de más de 1 y menos de 25 trabajadores, la escala será como sigue:

  • Por la parte de base imponible comprendida entre 0 y 300.000€, al tipo del 20%, para 2011 y 2012.
  • Por la parte de base imponible restante, al tipo del 25%

No se considerarán parte de la plantilla los administradores o socios con control de decisión, aunque trabajen para la sociedad, dado que no se consideran laboralmente personal por cuenta ajena.

(continuará)


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