Posted by: Gestoría | 10/03/2016

Gasóleo profesional. Devolución parcial del Impuesto

Gestoría Henares gasoleoEl actual artículo 52 bis de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, regula la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos por el gasóleo de uso profesional, tanto por lo que se refiere a la devolución del tipo estatal general de este impuesto como, en su caso, del tipo autonómico.

Se devuelve el incremento que, con fecha 1 de Enero de 2007, sufra el tipo impositivo aplicable al gasóleo para uso general en el Impuesto sobre Hidrocarburos y la parte de la cuota autonómica del Impuesto sobre Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos, en la cuantía que en su caso cada Comunidad Autónoma establezca.

Beneficiarios:

Los titulares de los vehículos citados en el apartado siguiente, que ejercen la correspondiente actividad de transporte.

* Vehículos de motor y conjuntos de vehículos acoplados destinados exclusivamente al transporte de mercancías por carretera, por cuenta ajena o por cuenta propia, y con peso máximo autorizado igual o superior a 7,5 toneladas.

* Los vehículos de motor destinados al transporte de pasajeros, regular u ocasional, incluidos en las categorías M2 o M3 de las establecidas en la Directiva 70/156/CEE del Consejo, de 6 de febrero de 1970.

* Los taxis provistos de las preceptivas autorizaciones y de aparato taxímetro

Cuantía de la devolución:

Se devuelve el importe resultante de restar 306 euros del tipo estatal general del epígrafe 1.3 del artículo 50 de la Ley 38/1992.

Por otra parte, y en relación con los tipos autonómicos del Impuesto sobre Hidrocarburos, se devolverán los que, en su caso, hayan establecido las Comunidades Autónomas.

Así, con datos de 2015, el importe de la devolución del impuesto especial por la Comunidades Autónoma de Madrid, era de 18 euros por cada mil litros.

La devolución no excederá de la que corresponderían a 50.000 litros de gasóleo por vehículo y año, salvo que se trate de auto taxis, en cuyo caso la cuantía máxima de la devolución no excederá de la que correspondería a 5.000 litros por auto-taxi y año.

Cómo obtener la devolución:

Para obtener la devolución hay que seguir los siguientes pasos : 1º Inscribirse en el censo de beneficiarios de la Agencia Tributaria, 2º Pagar con una tarjeta gasóleo profesional para los reportajes realizados en una estación de servicio, y 3º Cuando se trate de suministros realizados en instalaciones de consumo propio, dar de alta las mismas y presentar la relación de los suministros realizados.

 


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