El colectivo cualificado de Titulares de Vehículos Comerciales e Industriales (Comerciales) lo integran las personas físicas y jurídicas que ejercen una actividad comercial o industrial que precisa para su desarrollo un régimen específico de estacionamiento.
La autorización de Comerciales habilita para estacionar en todo el Área SER, tanto en plazas azules como verdes, por un tiempo máximo diario, continuado o no, de 5 horas.
Tasa para el año 2016:
- Anual: 378 euros tarifa base.
- Mensual (por mes o fracción): 31,50 euros
La tasa anual o mensual tendrá una bonificación o recargo según la clasificación del vehículo en las siguientes categorías establecidas en la Ordenanza Fiscal reguladora, y que dependen de la MMA, fecha de primera matriculación, servicio y combustible del vehículo:
Categoría A: bonificación del 20%
Categoría B: bonificación del 10%
Categoría D: recargo del 10%
Categoría E: recargo del 20%
Requisitos:
- Ser persona física o jurídica.
- Estar de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
- Disponer de un vehículo en titularidad, renting o leasing.
- El vehículo tiene que estar de alta y al corriente de pago en el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM).
- El vehículo tiene que pertenecer a alguna de las siguientes categorías:
- Furgón, furgoneta o camión con masa máxima autorizada igual o inferior a 3.500 kilogramos.
- Furgón, furgoneta o camión con masa máxima autorizada igual o inferior a 5.000 kilogramos, exclusivamente cuando se trate de vehículos híbridos no enchufables o propulsados por combustibles menos contaminantes, como GLP (Gas Licuado de Petróleo) o GNC (Gas Natural Comprimido).
- Vehículo mixto adaptable, vehículo derivado de turismo o turismo rotulado con la denominación comercial o industrial.
Solicitud de autorización anual:
Se puede iniciar telemáticamente con certificado digital a través de la web del Ayuntamiento de Madrid, o bien presencialmente con cita previa en el Departamento de Régimen Jurídico del Contrato Integral de Movilidad (CIM) sito en la calle Bustamante, 16, planta baja.
El pago de la autoliquidación en el Departamento Jurídico del CIM se puede realizar a través de tarjeta o domiciliación bancaria.
Si desean que Gestoría Henares se lo tramite, no duden en solicitar presupuesto en la pestaña correspondiente de la web.
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