El Consejo de Ministros ha aprobado en su reunión de 26 de octubre de 2012 un Real Decreto sobre las aportaciones económicas a realizar por las empresas con beneficios que realicen despidos colectivos que afecten a trabajadores de 50 o más años.
El nuevo texto persigue lograr un efecto disuasorio que desincentive el despido de los trabajadores por razón de su edad, promueva la recolocación de aquellos que tengan más edad, y contribuya a la valoración de sus capacidades laborales
La norma se aplicará a las empresas de más de 100 trabajadores (o que formen parte de grupos de empresas que empleen a ese número de trabajadores), que hayan tenido beneficios los 2 últimos ejercicios, que realicen despidos colectivos de acuerdo con lo establecido en el artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores y que estos incluyan a trabajadores de 50 o más años de edad.
El Reglamento contiene el desarrollo y procedimiento necesario para que la Administración, y más concretamente el SEPE, pueda exigir, a través de liquidaciones anuales, el pago de las aportaciones económicas establecidas en la Ley 27/2011, de tal forma que la empresa que despide colabore económicamente con el Estado, compensando el impacto que dichos despidos suponen sobre el sistema de protección por desempleo.
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