Posted by: Gestoría | 19/01/2021

Deducción en IRPF en Madrid por alquiler de vivienda habitual

Gestoría Henares house

Si tienes menos de 35 años puedes aplicarte en el Impuesto sobre la Renta una deducción del 30% de las cantidades destinadas al alquiler, hasta un máximo de 1.000€ al año. Así, en un alquiler medio de 500€ podrías llegar a deducirte el importe de 2 mensualidades.

Desde 2018, si tienes más de 35 años, pero menos de 40, y has estado en situación de desempleo y con al menos dos familiares a cargo, también puedes aplicarte esta deducción. 

Si quieres aplicarte esta deducción tienes que acreditar el depósito de la fianza correspondiente al alquiler en la Agencia Social de la Vivienda de la Comunidad de Madrid (antiguo IVIMA).

Lo puedes acreditar mediante una copia del resguardo de depósito de la fianza o estar en posesión de una copia de la denuncia presentada ante dicho organismo por haberse negado el propietario a entregar copia del resguardo.

Sin embargo, existen unos límites de renta:

Solo podrás aplicarte la deducción si tu renta no supera los 25.620€ en tributación individual o los 36.200€ en tributación conjunta.

Tampoco la suma de las bases imponibles de todos los miembros de la unidad familiar de la que formes parte puede superar los 60.000€.

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