Posted by: Gestoría | 19/11/2021

Cambios en las sanciones de Laboral

Gestoría Henares maquinafichar

El 1 de octubre de 2021 han entrado en vigor los cambios en las sanciones recogidas en la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS), consecuencia de la modificación realizada en su artículo 40 por la DF 1.2 de la Ley de Trabajo a Distancia (Ley 10/2021.

Dicha modificación supone un incremento del 20% en el importe de todas las sanciones laborales previstas en la LISOS y este nuevo marco sancionador se aplicará solamente a infracciones cometidas a partir del 1 de octubre de 2021, ya que la disposición final 1.2 de la Ley 10/2021 establece expresamente la irretroactividad, por lo que las infracciones en el Orden Social cometidas con anterioridad a la entrada en vigor de la actual reforma se sancionarán conforme a las cuantías anteriores.

Las principales infracciones y sanciones en el Orden Social, se pueden dividir en las tres materias siguientes:

  1. Relaciones laborales individuales y colectivas
  2. Seguridad Social
  3. Prevención de Riesgos Laborales

El incumplimiento de alguna de las normas de cada una de estas materias, da lugar a una infracción que puede ser calificada como Leve, Grave o Muy grave. Las sanciones que corresponden a cada calificación dependen de la materia incumplida, siendo la mínima sanción de 45€ y la máxima de 983.736€.

Ejemplos de cada una de ellas serían:

1.-  No exponer en lugar visible el calendario laboral o no entregar puntualmente el recibo de nómina, o no formalizar por escrito el contrato de trabajo o aplicar unilateralmente por el empleador modificaciones sustanciales de las condiciones laborales.

2.- No conservar durante 4 años la documentación de altas, bajas, etc; no transmitir los partes médicos; iniciar la actividad sin comunicar el alta en la SS; no ingresar cuotas de los seguros sociales, incumplir requisitos de la acción formativa; incrementar bases de cotización indebidamente, etc.

3.- Incumplimiento de la normativa de la prevención de riesgos; no llevar a cabo las evaluaciones de riesgos, actualizaciones, revisiones y controles periódicos de las condiciones de trabajo y actividad; no realizar los reconocimientos médicos y pruebas de vigilancia periódica del estado de salud de los trabajadores; superar los límites de exposición a agentes nocivos que originen riesgos de daños sin adoptar medidas preventivas adecuadas, etc.

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