Posted by: Gestoría | 16/07/2015

Ayudas para la rehabilitación energética de edificios (PAREER CRECE)

 

Gestoría Henares mancomunidad1La resolución de 28 de abril 2015 publicada en el BOE de 5 de mayo de 2015, recoge el Programa de Ayudas para la rehabilitación energética de edificios, cuyo plazo de presentación de solicitudes se abrió al día siguiente de dicha publicación, finalizando el 31/12/2016 o antes, si se acaba el presupuesto disponible.

El formulario para presentar la solicitud se encuentra en www.idae.es

El objeto de estas ayudas es incentivar y promover la realización de actuaciones de reforma que favorezcan la reducción de emisiones de dióxido de carbono, mediante el ahorro energético, la mejora de la eficiencia energética y el aprovechamiento de las energías renovables en los edificios existentes, con independencia de su uso y de la naturaleza jurídica de sus titulares.

Se recogen en el Programa, 4 medidas de actuación subvencionadas:

  1. Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.
  2. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas y de iluminación.
  3. Sustitución de energía convencional por biomasa en las instalaciones térmicas.
  4. Sustitución de energía convencional por energía geotérmica en las instalaciones térmicas.

Son beneficiarios, los propietarios de edificios destinados a cualquier uso; las comunidades o agrupaciones de propietarios; las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios y las empresas de servicios energéticos.

Estos, deberán cumplir los requisitos de que las obras no hayan sido facturadas antes de la entrada en vigor del programa, y el edificio debe ser existente con anterioridad a éste.

Los costes objeto de subvención serán todos aquellos gastos necesarios para conseguir los objetivos energéticos; como ejemplo: honorarios profesionales de técnicos, elaboración de proyectos, dirección facultativa de las obras, ejecución de éstas, inversión en equipos, ejecución de la instalación, etc., sin incluir licencias, tasas e impuestos.

Dibujo

El préstamo reembolsable tendrás las siguientes características:

– Tipo de interés: Euribor + 0,0 %.

– Plazo máximo de amortización de los préstamos: 12 años (incluido un período de carencia opcional de 1 año).

– Garantías: Aval bancario, contrato de seguro de caución o depósito en efectivo a favor del IDAE en la caja General de Depósitos del ministerio de economía y competitividad, por importe del 20% de la cuantía del préstamo.

 


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