Posted by: Gestoría | 30/06/2014

Subsidios por desempleo (II)

  1. Gestoría Henares ojoPor pérdida de empleo

Además de los requisitos comunes, deberán cumplir los siguientes:

  • Haber perdido involuntariamente un empleo.
  • Con responsabilidades familiares, haber cotizado por desempleo entre 90 y 179 días.
  • Sin responsabilidades familiares, haber cotizado por desempleo entre 180 y 359 días.

Tener responsabilidades familiares significa: tener a su cargo al cónyuge o a algún hijo menor de 26 años o mayor discapacitado, o menor acogido, que no tenga ingresos superiores a 483,98 € al mes y la suma de todos los ingresos, dividida entre el número de miembros que componen la unidad familiar, no supere dicha cantidad.

Para solicitar el subsidio deberá hacerlo en los 15 días hábiles siguientes al último día trabajado o a la finalización del período equivalente a las vacaciones retribuidas y no disfrutadas.

La duración del Subsidio varía en función del tiempo que haya cotizado y de si tiene o no responsabilidades familiares, con un máximo de 21 meses.

 

  1. Mayores de 55 años

Además de los requisitos comunes, deberán cumplir los siguientes:

  • Tener cumplidos 55 o más años en la fecha de agotamiento del paro o de otro subsidio por desempleo, o tener cumplida esa edad en el momento de reunir los requisitos para acceder a alguno de los otros subsidios, o cumplirla durante la percepción de éstos.
  • Si tiene responsabilidades familiares, la suma de los ingresos de la unidad familiar, todos incluidos, dividida por el número de miembros de ésta, no puede superar el 75% del SMI, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias (5.807,70€ para 2014)
  • Cumplir todos los requisitos salvo la edad, para acceder a la pensión de jubilación en el sistema de la Seguridad Social.
  • Haber cotizado por desempleo un mínimo de 6 años a lo largo de su vida laboral.
  • No ser trabajador fijo-discontinuo ni haber agotado una prestación contributiva para eventuales agrarios.

Para solicitar el subsidio deberá hacerlo a partir del momento en que cumpla la edad de 55 años.

La duración del Subsidio será indefinida, hasta cumplir la edad para acceder a la pensión contributiva de jubilación en cualquiera de sus modalidades.

Pero para mantenerlo, anualmente deberá presentar una declaración de sus ingresos y los de la unidad familiar (válida la Declaración anual de la Renta), en su caso.

En este caso especial, el SEPE cotizará a la jubilación de la Seguridad Social en su lugar, siendo la base de cotización el 100% del tope mínimo de cotización vigente en cada momento.

Además, cabe la posibilidad de suscribir con la Seguridad Social un Convenio Especial para complementar la cotización para jubilación.

(continuará)

 


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