Posted by: Gestoría | 09/07/2024

Simplificación en el Subsidio de Desempleo

Gestoría Henares desempleo

La sesión plenaria del Congreso de los Diputados del 20 de junio de 2024 ha convalidado el Real Decreto-ley 2/2024, de 21 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes para la simplificación y mejora del nivel asistencial de la protección por desempleo.

Con carácter general, la norma entrará en vigor en noviembre de 2024.

Las nuevas características del Subsidio, serán:

Mejoras del nivel asistencial

  • Se elimina la actual deducción por trabajo a tiempo parcial. Podrán acceder al subsidio los españoles emigrantes retornados sin derecho a prestación contributiva.
  • Se modifica el cómputo de renta de tal manera que no se excluirá al solicitante que supere el 75% del Salario Mínimo Interprofesional sino que se tendrá la consideración de responsabilidades familiares cuando el total de rentas de la unidad familiar entre el número de personas que la forman, (incluido el solicitante) no supere el 75 por ciento del SMI.
  • Se elimina el mes de espera para acompañar de una manera más eficaz la transición a los subsidios sin vacíos en la cobertura de los colectivos con mayor grado de vulnerabilidad y peores condiciones de empleabilidad.
  • También podrán acceder colectivos que carecían previamente de esta cobertura como las personas menores de 45 años sin cargas familiares o las personas trabajadoras eventuales agrarias.
  • Se reduce a 10 el número de jornadas necesarias para que los trabajadores agrarios por cuenta ajena de carácter eventual incluidos en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios puedan beneficiarse del subsidio por desempleo.

Nuevo subsidio para víctimas de violencia de género

  • Las mujeres mayores de 16 años víctimas de violencia de género podrán acceder al subsidio específico de nueva creación, con las mismas cuantías que el ordinario.

Cuantías

Los beneficiarios y beneficiarias del nivel asistencial del desempleo podrán percibir las siguientes cuantías: 

  • 6 primeros meses: 95 % IPREM: (570 euros según la referencia actual).
  • 6 meses siguientes: 90% IPREM: (540 euros).
  • Resto del periodo: 80 % IPREM: (480 euros).

Compatibilidad con el empleo

El denominado complemento de apoyo al empleo es el instrumento de compatibilidad tanto del subsidio de desempleo como de la prestación ordinaria con la incorporación laboral.

Se podrá prolongar durante un periodo máximo de 180 días tras agotar un año de subsidio.

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