Posted by: Gestoría | 03/01/2017

¿Qué certificado digital debo solicitar para mi entidad?

Gestoría Henares tabletLa Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que ha entrado en vigor el pasado 2 de octubre, obliga a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas a las personas jurídicas y a las entidades sin personalidad jurídica (para más información, ver noticia publicada AQUÍ)

Para acreditar la identidad de quien se comunica con la Administración en nombre de estas entidades a través de medios electrónicos, es necesario disponer de un certificado digital de representación de la entidad.

En la actualidad la FNMT-RCM emite tres certificados de representación (que sustituyen a los antiguos certificados de Persona Jurídica), que veremos a continuación.

En aquellos casos en los que sea posible, es conveniente que se solicite el Certificado de Representación de Administrador Único y Solidario, de lo contrario, existen otros dos certificados de entidad entre los cuales se encontrará el que más se adapte a la forma de entidad a la cual debemos representar:

Certificado de Representación de Administrador Único y/o Solidario:.

Los certificados de Representante para administradores únicos o solidarios se emiten, para la relación de las Personas Jurídicas a través de sus Representantes legales en sus relaciones con las administraciones públicas o en la contratación de bienes o servicios propios o concernientes a su giro o tráfico ordinario. Puede obtener este certificado si el representante de la sociedad es administrador único o solidario inscrito correctamente en el Registro Mercantil.

Certificado de Representación de Persona Jurídica:.

Este certificado se expide a las personas físicas como representantes (cuando no se trate de Administradores únicos o solidarios) de las personas jurídicas para su uso en sus relaciones con aquellas Administraciones Públicas, Entidades y Organismos Públicos, vinculados o dependientes de las mismas. Este certificado puede ser obtenido por Organismos públicos, sociedades cooperativas (F), sociedades colectivas (C), sociedad civil (J), entidades con administradores mancomunados, entidades con administradores apoderados, entidades con socios únicos, asociaciones (G), fundaciones (G), sociedades que tengan como administrador único a otra sociedad, etc.

Certificado de Representación de Entidad sin Personalidad Jurídica:.

Este certificado se expide a las personas físicas como representantes de las entidades sin personalidad Jurídicas para su uso en sus relaciones con aquellas Administraciones Públicas, Entidades y Organismos Públicos, vinculados o dependientes de las mismas. En función del CIF que tengan pueden solicitar este tipo de certificado una comunidad de bienes (E), comunidad propietarios (H), comunidad titular montes vecinales, unión temporal de empresas (U), herencia yacente, fondo de inversión (V), fondo de capital-riesgo (V), fondo de pensiones (V), fondo de regulación mercado hipotecario, fondo de titulación hipotecaria, fondo de titulación activos, fondo de garantía de inversiones, otros entes sin personalidad jurídica.

 


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