Posted by: Gestoría | 08/11/2012

Obligaciones de los Empleadores del Hogar (I)

Gestoría Henares limpieza3Recordamos una vez más los aspectos a tener en cuenta para tramitar las altas de los empleados del hogar:

Acerca del Contrato:

  • El contrato podrá celebrarse por tiempo indefinido o por una duración determinada en los casos legalmente previstos.
  • Si la relación laboral es temporal y excede de 4 semanas, el contrato hay que hacerlo por escrito.
  • Podrá concertarse por escrito un período de prueba que no podrá exceder de dos meses y durante el cual el empleador y el empleado de hogar estarán obligados a cumplir con sus respectivas prestaciones, con posibilidad de resolución de la relación laboral por cualquiera de las partes con un período máximo de preaviso de 7 días
  • Es obligatorio hacer las nóminas y entregarlas al trabajador.

Sobre las Retribuciones:

  • Se garantiza como mínimo, el pago en metálico del SMI en cómputo anual (8.979,60€ brutos) por debajo de cuya cuantía no será posible realizar descuento alguno por salario en especie, por manutención o alojamiento.
  • Cuando exista el salario en especie no podrá superar el 30% de las percepciones salariales
  • Derecho a 2 pagas extraordinarias al año, de modo que se garantice la percepción del SMI en cómputo anual.
  • Las horas de presencia que excedan de las limitadas legalmente, deberán ser retribuidas, como mínimo, en la misma cuantía que las horas ordinarias.

(continuará)


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