Posted by: Gestoría | 16/04/2024

Novedades de la Renta 2023 (III)

Rendimiento de actividades económicas

Se fija para 2023 como límite para gastos deducibles en concepto de mutualidad alternativa al RETA de los autónomos, en 15.266,72€

Se eleva al 7% el porcentaje de deducción para el conjunto de provisiones deducibles y gastos de difícil justificación (art. 30 Reglamento IRPF).

Se establece la posibilidad de amortizar aceleradamente determinados vehículos nuevos, nuevas infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos y libertad de amortización en inversiones que utilicen energía procedente de fuentes renovables.

Para los TRADE, se elevan tanto el importe máximo de la reducción adicional para ellos aplicable, desde 3.700 euros anuales hasta 6.498 euros anuales, como el umbral de rendimientos neto de las actividades económicas, que pasa de 14.450 euros a 19.747,5 euros, siempre que no tengan rentas, excluidas las exentas, distintas de las de actividades económicas superiores a 6.500 euros.

Para los autónomos en Estimación Objetiva (Módulos) se determina el rendimento neto de la actividad con una reducción general, que se fija en el 10%.

Regímenes especiales

Imputación de Rentas: exclusivamente con efectos para el período impositivo 2023, en aquellos municipios en que los valores catastrales hubieran sido revisados, modificados o determinados mediante un procedimiento de valoración colectiva de carácter general, de conformidad con la normativa catastral, siempre que hubieran entrado en vigor a partir de 1 de enero de 2012, seguirán aplicando la imputación al 1,1% en 2023.

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(continuará)

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